El “voto “que el alma pronuncia y que heroicos debemos cumplir.
Alberto Pérez Iriarte
Todos somos "personas por derecho" constitucional, con derechos ciudadanos,
llamados a buscar soluciones
individuales a problemas sociales engendrados. Y soluciones sociales a los
problemas de su comunidad nacional y Estado. Buscar de entorpecer, impedir, o
rechazar, la libertad de derechos a individuos con derecho a voto y a una parte
de la comunidad, por razones de argumentos de domicilio, fiscales, u otras
explicaciones, que no están esas razones
contempladas en la Carta Magna, ni en
los reglamentos de derechos de la persona y el ciudadano, es Dividir…El Sr.
Lacalle-Pou que acusa al frente Amplio de dividir la sociedad, y se auto
presenta como un gran unitario, ..es justamente uno de los responsables , de
fomentar ..., impedir y trancar, la unidad de todos los uruguayos, en simple
acto de votar en una urna.
Esta actitud del Sr. Lacalle Pou,
es obviamente una hipocresía, y un engaño de su discurso. Por un lado habla de
Unidad y por otro lado impulsa la división entre los que viven en e país, y los
que no viven en el país. Haciendo del tema domiciliario, un factor para generar
la división entre los Orientales y crear fraccionalismos anti-constitucionales.
También en la cabeza, de personas
o algún otro grupo politiquero, se busca dividir a la sociedad impidiendo el
Voto Consular, y crear sectariamente argumentos anti-constitucionales, para
dividir y fraccionar la integralidad de
la comunidad nacional de uruguayos.
El voto EN EL Exterior, para que
los ciudadanos pueden acudir a su Consulado a votar. Quiere ser utilizado, como
palanca para generar conflictos políticos, y divisiones en el seno de la
sociedad.
La SCJ ( Suprema Corte de Justicia), debería tomar
cartas, en este tema, e impugnar al Poder Legislativo, por la no legislación de
voto en el exterior, con el propósito de presionar a los parlamentarios. Dado
que la no existencia de ley y reglamentos, para el voto de los ciudadanos de la
diáspora , en los Consulados, constituye una violación constitucional.
Se debería, crear un complemento
de ley, por la cual, los compatriotas que quieran votar viajando del exterior
hasta el país, continúen haciéndolo tal como se practica desde siempre con la
Credencial Civica, y los que quieran votar en el exterior sin viajar, puedan
ejercer su derecho en los consulados, y que voten los que quieran votar, y que
los que no quieran votar que no voten, pagando la multa , pero el Estado no
puede seguir restringiendo ese derecho.
Es sabido, que Uruguay ha sido
llamado al orden por organismos d Nacones Unidas para que actualice sus leyes y
reglamentos a respecto. Es de público conocimiento que la Institución Nacional de Derechos Humanos, ya
exhortó a los poderes públicos a “aggiornarse” sobre ese enorme retraso.
Es
publico conocimiento que Uruguay es el solo país de América Latina, que aun, no
ha instrumentalizado el Voto exterior, convirtiéndose por eso, en una vergüenza
internacional y regional.
La no existencia de ley que resuelva ese vacío reglamentario,
constituye violación constitucional porque ya está reglamentado para los
uruguayos de acá, pero no para la gente uruguaya de fuera. Esto constituye una
figura de omisión constitucional por lo tanto, al omitir el deber de legislar
es que constituye violación a la Constitución.
Es decir, que de tanto dilatarse
el tratamiento y resolución de ese vacio jurídico-electoral, por la via < al
menos Consular, como mínimo.>…hoy por hoy es el Poder legislativo, que por
omisión a legislar, está caracterizando a esta violación constitucional.
Ejercer el sufragio, es una
obligación. Además de un derecho de todo individuo ciudadano con la sola
Credencial Cívica, y viva donde quiera vivir . Aunque es público , que algunas
personas mal-intencionadas, cuando se refieren a este tema, siempre lo quieren
hacer ver $$$. Fiscales, Cuando eso, no
está asociado, ni vinculado, en ningún rincón de nuestra Constitución.
El deber de los Diputados y
Senadores es cumplir y velar porque se cumpla la Constitución de la República
y servir al Estado de conformidad con la
ley. Sin embargo, no se han aun, movilizado contra la injusticia y el vacío
jurídico, de que medio millón de electores, no pueden venir todos a votar, y
que es necesario, instrumentar al menos el Voto Consular, como lo han hecho
todos los países de América latina, menos el Uruguay, que arrastra un retraso
inexplicable, en la materia.
Si queremos que el Uruguay sea un
país grande y moderno también nosotros crezcamos, como lo han hecho otros
países avanzados y todos los países latinoamericanos, que comprendieron la
importancia de integrar a su diáspora en el exterior, a los procesos nacionales
para el desarrollo.
El artículo 77 de la Constitución
uruguaya establece que ‘Todo ciudadano es miembro de la soberanía de la Nación;
como tal es elector y elegible. Y la
Carta Magna no indica entre los impedimentos para ejercer la ciudadanía la
residencia en otro país.
De acuerdo a nuestra Constitución
de la República y a Códigos y Leyes al respecto, los Uruguayos por más que se
encuentren en el exterior y hayan adquirido la ciudadanía de su lugar de
residencia no pierden la Ciudadanía Uruguaya, la que se recupera con tan solo
volver al país por unas horas, por lo que resulta contradictorio que siendo
ciudadanos Uruguayos no puedan ejercer el voto sin venir al país.
Esperando se le dé la celeridad
debida al Proyecto de Ley que se encontraba a estudio en la legislatura
anterior de la Comisión de Legislación y Códigos, considero que es la hora de
iniciar la resolución de este vacío administrativo, en el Otoño 2016.
Para lo cual es necesario, que
los legisladores del partido, que se han comprometido, de hacer cumplir el
programa del FA, inicien las acciones necesarias, con la mayor diligencia.
Alberto Pérez Iriarte
Corriente Socialista Renovadora
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